jueves, 15 de septiembre de 2016






3. Feminismo y Estado. Cariño, protégeme de tu violencia.


Aunque aplaudí en un post anterior la resolución del Consejo de Estado de Francia, ello no significa, ni mucho menos, que solucione el problema general del que el burkini es una manifestación concreta, tan sólo que es la única jurídicamente razonable en las actuales circunstancias. Y es que, aunque el argumento de la falta de libertad de las mujeres musulmanas para vestir a su entero antojo se ha convertido en un mantra de aquellos cuya función es engordar la islamofobia, no deja de ser potente . Y las feministas no deben cerrar los ojos ante esta realidad; por supuesto, no lo hacen, pero la complejidad del asunto y la pluralidad ideológica del movimiento feminista suscita muy diferentes respuestas. Estamos ante una manifestación concreta de una de los asuntos más intrincados y potencialmente peligrosos en la construcción de una organización social democrática y su correlato político-estatal: la no coincidencia entre las libertades reales y las formales. La mujer musulmana, se dice, es formalmente libre para usar o no burkini y, además es realmente libre, siempre y cuando el Estado, en forma de alcalde xenófobo, no diga lo contrario; y si bien sigue siendo formalmente libre para no llevarlo, carece de esa libertad real. Porque aunque el Estado se la concede, hay agentes no estatales – familiares, clérigos, vecindario – que impiden el ejercicio de esa libertad. Siguiendo en el terreno de lo formal, el Estado tienen la obligación de restablecer la situación de legalidad que ha sido vulnerada, reprimiendo y sancionando a ese o esos agentes que están cometiendo un delito. 

El paso a lo real significa plantearse cómo el Estado puede hacer efectiva esa tutela de las libertades individuales en los distintos casos que se presentan. En primer lugar, el aparato policial-judicial del Estado no puede perseguir un delito si desconoce su existencia; sólo puede actuar entonces 'de oficio' si algún policía esta presente durante su comisión, en otro caso precisa ser informado por  la víctima o por un tercero, testigo del hecho. 

Aplicando esta elementalidad a un episodio de conculcación de la libertad de una musulmana de ir vestida en espacios públicos a su antojo, y suponiendo siempre la ausencia de testigos, si un lepeniano intenta arrancarle el burka es probable que la mujer lo denuncie a la policía; en cambio si es agredida física o verbalmente por algún islamista conocido debido a que no lleva burka o pañuelo cuando se supone que debería llevarlo las posibilidades de denuncia del hecho por la víctima se disipan casi por completo. Es innegable que muchas mujeres musulmanas carecen de libertad real, aunque formalmente el Estado la reconozca, de decidir cómo visten, y que esa falta de libertad  proviene de su comunidad cultural, que dicta las normas de vestimenta y se asegura de su cumplimiento mediante un sistema de sanciones físicas y psíquicas. El verdugo generalmente es el padre o el esposo y el centro de castigo, la intimidad hogareña. Todo ello con total impunidad. Total, a no ser que la esposa o hija lo reporten en comisaría. Allí, supongamos, y es mucho suponer, que la policía se lo tomara en serio, algo muy poco probable, a no ser que la agresión haya ocasionado lesiones graves, lo que, a su vez, es también muy improbable – no es islamófobo admitir que en muchas mezquitas se enseña a los feligreses a azotar a las mujeres sin dejar rastros – El marido o padre se llevaría, a lo sumo, una reconvención policial, una pequeña multa, un arresto corto, y la denunciante iba a encontrar en su casa a un macho muy enfadado y fuera a una comunidad que de muy diversas maneras la haría pagar el haber roto las reglas y traicionado a su esposo/padre-amo con los infieles. 

Vemos aquí las dificultades de un Estado garantista para incursionar en el campo minado de las libertades reales. Desde los poderes públicos pueden implementarse mecanismos y recursos para paliar estas situaciones de hecho; la citada ley española contra la violencia de género, junto con y los medios específicos para que se cumpla, van en ese sentido. Habrá discusiones legítimas sobre este tipo de medidas, unos las juzgarán demasiado tímidas para ser eficaces y otros excesivas porque transgreden derechos formales de terceros y rompen el principio de imparcialidad de la ley. Pero hay una cosa clara: cuando una mujer musulmana desea 'occidentalizarse' totalmente o en parte y se lo hace saber al Estado, éste debe de hace lo que esté en su mano, dentro de los límites que le imponen las leyes, para ayudarla a conseguirlo. Seguimos hablando de un Estado laico, no laicista; la ayuda no porque sea musulmana y desee occidentalizarse, sino porque es una ciudadana que tiene un derecho legalmente protegido a actuar en ese sentido. 

El auténtico callejón de muy difícil salida se presenta cuando las mujeres que llevan la prenda polémica no consideran limitada su libertad; por el contrario creen que la están ejerciendo con su decisión de llevar el burka o el burkini, y justamente lo que ellas sí viven como una supresión de su libertad individual es la existencia de leyes o reglamentos que las prohíben tal atavío. Así, en la entrevista a Brigitte Vasallo, a la pregunta “¿Hasta qué punto las mujeres que usan el burka lo hacen obligadas?”,  responde “Lo primero que se dice sobre el velo integral es que las mujeres lo llevan obligadas. Sin embargo, muchas mujeres dicen que lo llevan porque quieren, e incluso en contra de la voluntad de su familia que no quiere ser estigmatizada. Otras en cambio afirman que lo llevan porque a su marido le gusta, pero que levante la mano la mujer que está libre de hacer cosas para gustarle más a su pareja”. Me parece un punto de partida correcto para el análisis que realizaré en el siguiente punto. 

Todavía en éste, revisaré la posición feminista que reclama que el Estado sea laicista en relación con el asunto del burka y afines. De ella da buena cuenta Marieme-Helie Lucas, en su doble condición de feminista y de izquierdista. A un pregunta bastante parecida a la de arriba – "¿Qué pasa con el derecho de una mujer a elegir su forma de vestir? Algunos dirían que obligar a las mujeres a quitarse el velo viene a ser lo mismo que obligarlas a llevarlo" – se posiciona de modo diametralmente opuesto a Vasallo. No quiero ser parcial, pese a que reconozco de antemano estar mucho más cerca, en este tema, de Vasallo que de Lucas. Sin embargo no puedo dejar de estimar que la forma de argumentar de Lucas – sin entrar en aquello que defiende o ataca – deja mucho que desear. Recuerda, y su biografía no lo haría causal, a unos esquemas de razonamiento que arrastra la izquierda sedicentemente comunista desde, al menos, los tiempos del estalinismo, y que se acercan, cuando no caen en ella de lleno, a la calificación de falacias. Por ejemplo, la primera frase con que contesta la pregunta de arriba es: “Me gustaría empezar apuntando al hecho de que el debate está formulado en términos 'occidentales'. Hasta donde yo sé, no se obliga a las mujeres en el contexto musulmán a NO llevar velo, y estamos hablando de la inmensa mayoría de las musulmanas en el mundo. En cambio, en la inmensa mayoría de los casos se ven obligadas a cubrirse de un modo u otro, a menudo por ley: y todavía no se ha oído una protesta a escala mundial contra esa situación.” Bueno, el debate está formulado en 'términos occidentales' porque tiene lugar en Occidente, versa sobre un problema que surge en occidente y debe ser afrontado por las sociedades occidentales. Que en países musulmanes no se impida llevar velo es una bobada argumentativa, que se les obligue a llevarlo es cierto en muchos casos, pero no tiene nada que ver con la pregunta y que no haya protestas, muchas de ellas, hipócritas – a escala mundial es absolutamente falso en una cultura dominante cada vez más cargada de islamofobia.

La respuesta de Lucas continúa así casi dos páginas enlazando argumentos lamentables con otros que están bien en sí pero que no responden una pregunta tan concreta como es que enuncie su opinión acerca de si el hecho de obligar a las mujeres a quitarse el velo (por los gobiernos occidentales) es equivalente a obligarlas a llevarlo (por gobiernos islamistas o comunidades musulmanas en occidente). Lucas construye un pieza retórica que sería un excelente ejemplo de la falacia – más bien acumulación de falacias – denominada ignoratio elenchi; o sea: marear la perdiz. Para conocer lo que piensa, hay que ir a otra pregunta en la que sí se expresa con claridad acerca de un caso distinto al del burkini pero extensible a la temática general de este texto. Se trata de la prohibición del hiyab y otros pañuelos similares en la escuela pública francesa. Lucas pone como un ejemplo a defender las leyes francesas de 1905 y 1906 sobre separación de iglesias y Estado y libertad de culto. En concreto cita una disposición que prescribe “ la exhibición de 'cualquier símbolo' de afiliación religiosa o política' a dos grupos de funcionarios públicos, los profesores de primaria y secundaria, y 'los funcionarios que están en contacto con el público'.” Lo mismo se aplica a estudiantes de escuelas públicas de primaria y secundaria.

A Lucas le parecen muy bien la interdicción en los tres casos porque es coherente con su posición. A mí me parece que cada uno merece un tratamiento diferente en un Estado laico. Defiendo la aplicación a los profesores, y aplaudo que no afecte a los universitarios. Que el Estado sea ideológicamente neutral, excepto a lo sumo en ideas fundacionales como la soberanía popular, las libertades individuales y poco más, implica que la enseñanza que presta como servicio público tiene que evitar el adoctrinamiento, porque adoctrinamiento sería la enseñanza religiosa o de ideologías sociopolíticas particulares. Teniendo en cuenta que se trata de niños o adolescentes, que el profesor, máxima figura de autoridad simbólica, vaya con sotana o muestre en su solapa una gran insignia roja con una hoz y un martillo es adoctrinamiento, aunque explique matemáticas; no puede se aceptado en un Estado laico. En cambio, no veo por qué funcionarios en contacto con un público adulto debe observar esas normas de indumento, y de hecho hay una incoherencia en eso, pues los profesores universitarios no estarían sujetos a esas limitaciones, precisamente porque sus alumnos son ya personas adultas. En todo caso, y por cortesía, sería preferible que no hicieran mucha ostentación de esos signos de adscripción ideológica; piénsese en un hebreo que observa, ya en la mesa de operaciones, que su cirujano luce una cruz gamada en el gorrillo. 

Aunque ya en este caso, el posicionamiento de Lucas desprende un cierto un tufo laicista, el que más interesa aquí, el de los alumnos de enseñanza pública primaria y secundaria es más complejo y afecta de lleno a la controversia laicidad vs. laicismo del Estado. Lucas, laicista, celebra su inclusión. Su argumento es muy endeble: “… los niños van a las escuelas de la República Laica para ser educados como ciudadanos franceses libres e iguales, y no como representantes de alguna comunidad específica.” La cuestión no es que vayan o no como 'representantes' de una comunidad específica; está claro que no van en tanto que tal. La cuestión si pueden dejar de ser miembros de esa comunidad al entrar en clase y volver a serlo a la salida. El problema de la escuela laica no es lo que llevan las niñas sobre su cabeza, sino dentro de ella, las ideas supersticiosas que les han inculcado y que tiene que dejar a un lado para poder entender algo y pensar por su cuenta con alguna solvencia técnica, que es, debería ser, el objetivo central de a enseñanza preuniversitaria. Que las niñas musulmanas vayan con velo y las cristianas con un crucifijo a la vista tiene que ver con la educación que le dan en sus casas, no con la que van a recibir en una escuela laica, donde, precisamente, van a poder acceder a unas visiones del mundo mucho más abiertas que las que reciben y viven en su hogar y poner en cuestión los dogmas que con tremendos acondicionamientos conductistas les han incrustado sus familias y sus comunidades. Lo que sería inadmisible es que hubiera asignaturas también dogmáticas, aunque fuesen de signo opuesto. Por ejemplo, estoy en contra de una educación militantemente atea; de lo que se no es de refutar a los dioses, sino, sencillamente, de explicar el mundo y la vida sin intervención de dio alguno. Y es que Lucas tiene un rechazo de principio – y, se verá después, tramposo – a todas las comunidades que no son la sociedad global con su Estado adosado que me resulta un tanto sospechoso, como todo lo que tiende a la estatolatría. 





Así, mezclando nuevamente churras y merinas: “La educación como ciudadanos iguales es un poderoso instrumento contra el comunitarismo y las específicas particularidades divisorias que conducen a derechos legales desiguales en un país dado, como ocurre en Gran Bretaña, por ejemplo, con los llamados 'tribunales de sharía', verdaderos sistemas legales paralelos en asuntos de familia.” Sin entrar en los tribunales de sharía británicos, que desconocía totalmente, no veo que haya  que impedir de partida que las comunidades resuelvan internamente ciertos asuntos de convivencia que les competen a ellos, siempre que se respeten los derechos fundamentales iguales para todos en tanto que ciudadanos. Para diversificar los ejemplos, pensemos en una boda gitana y en la prueba del pañuelo, sin cuya superación la ceremonia se interrumpe y el matrimonio no tiene lugar ¿Qué puede hacer el Estado al respecto?, ¿mandar a una pareja de la Benemérita a todas las bodas romaníes para que impida tan poco moderna práctica? Sería entretenido, pero no. El Estado lo más que puede hacer, dentro de un mínimo realismo, es casar por lo civil a una pareja de gitanos que cumplan las normas legales al respecto, entre la que no se halla que alguno de ellos – la mujer, ¡qué casualidad! – no sea virgen. 

Para reforzar su postura contraria a que el Estado acepte los signos religiosos en el vestido de los pequeños alumnos, Lucas cita a una autora iraní que sostiene que “el daño psicológico infligido a las niñas que van con velo es inmenso, al hacerlas responsables desde muy temprana edad de la excitación masculina … La autora explica que el cuerpo de la niña pasa a convertirse de esta guisa en objeto de fitnah (seducción o fuente de desorden), lo que significa que no puede mirarlo o pensar en él de manera positiva. Esa práctica construye así niñas que temen, desconfían y sienten disgusto y aun angustia en relación con sus propios cuerpos”. En fin, me parece todo muy cogido por los pelos. Es probable que obligarle a llevar velo a una niña de ocho años la invista en el universo simbólico del Islam de un carácter de objeto de deseo sexual, pero pasando al ámbito de las existencia real-concreta de la niña no creo que la traumatice ser 'una fuente de desorden” por decreto coránico; más bien le dolerá lo que implica de aislamiento del resto del cuerpo social no musulmán. Y, por supuesto, mucho más grave para su salud psíquica es vivir el rol de pieza de disputa entre la familia y el Estado, el verse obligada a quitarse el velo causando una enorme humillación y pesar a sus padres, el verse obligada a transgredir unas normas que para ella son sagradas. Por todo esto, soy contrario a la medida de prohibir el pañuelo en las aulas; es decir, opino que un Estado laico no debe adoptarla. 

El planteamiento general de Lucas es que, en relación con la amenaza del fundamentalismo islámico, el Estado ha dejado de ser laico (ella lo llama 'postlaico')  y muestra una actitud pacata que le hace incapaz de oponerse con eficacia a los avances de los fanáticos islamistas. Considera que buena parte de la culpa de esa dejación, o traición, del Estado la tiene la izquierda, o cierta izquierda, que ha hecho suyas las teorías multiculturalistas y relativistas. Su propuesta es clara: que el Estado recupere el laicismo que ha perdido, que vuelva a ser un Estado laico. En mi terminología habría que traducirlo a que el Estado ha dejado de ser laicista, no laico, y ha de recuperar el laicismo. Lucas, argelina y por tanto de tradición cultural francesa, tiene in mente al Estado francés como referencia de un Estado laico (o que era laico) y pone como contramodelo, dentro de la cultura occidental, a la Gran Bretaña. Pero da la impresión de que ese Estado francés anterior a la caída en el multiculturalismo que ella reclama es un alguna medida una construcción suya, una amalgama entre el ser y el deber-ser que contiene más rasgos jacobinos, entre ellos, el laicismo, que los que en la realidad ostenta el Estado francés contemporáneo, esa V República surgida de la descolonización de Indochina y Argelia. Lucas se encuentra dentro de esa corriente o sensibilidad política francesa que reivindica la recuperación de los valores originarios de la Revolución francesa (asociados más a la Convención que a la Asamblea Legislativa). 

Por su parte el modelo británico sería una “alternativa al laicismo: no separación, sino igual tolerancia del Estado ante todas las religiones. Así, el Estado británico interactúa con las religiones y considera a las 'iglesias' (o a su equivalente en otras religiones) como interlocutores políticos y representantes de comunidades. Es eso lo que conduce al comunitarismo y al relativismo cultural.” Aquí ya aparece una clara confusión. Quizá el Reino Unido sea un Estado no confesional y no laico, pero eso no será debido a que en su práctica política “interactúa con las religiones y considera a las “iglesias” (o a su equivalente en otras religiones) como interlocutores políticos y representantes de comunidades”. Un Estado, laico o no, cualquier Estado que no sea estrictamente totalitario tiene que partir de la realidad de la sociedad civil, de su diversidad, de sus agrupamientos en base a elementos identitarios – comunidades, en palabra de Lucas –. Un Estado debe tratar específicamente con cada una de ellas, organizando la convivencia social global, mediando en conflictos y no impidiendo el mayor bienestar particular de cada agrupación siempre que tal bienestar no vaya en detrimento de cualquiera de los demás. Lo que no puede hacer un Estado laico es favorecer una comunidad más que a otras por motivos ideológicos, incluyendo, claro, los religiosos, y siempre ha de priorizar en última instancia el cuerpo de legislación común a todos los ciudadanos, con independencia de que pertenezcan o no a subcomunidades, que abarca los componentes fundamentales de la organización social. Si sigue esto, la acción el Estado no “conduce al comunitarismo y al relativismo cultural”, de los que alerta Lucas. Desde luego, me estoy refiriendo a principio generales; es posible que esa atención tan especializada que Lucas denuncia en las comisarías inglesas vaya mas allá de los límites de un Estado laico, no tengo suficiente información para decantarme. En caso de que así fuera realmente estaríamos hablando de que aquí el Estado británico tendría un comportamiento propio de un estado no confesional, no laico. Para ser mas exactos, de un Estado multiconfesional, que es lo que suele haber detrás de esa denominación tan timorata de 'no confesional'. Y eso cuando no, caso del español, se trata de un Estado confesional disfrazado.

Si el laicismo no era “única y exclusivamente una definición y una regulación del Estado frente a la religión', sino algo que puede considerarse un movimiento social, lo mismo, corregido y aumentado, hay que decir del feminismo. Como todo movimiento autónomo que busca cambiar (o que no cambie) la sociedad, el feminismo tiene que plantearse su relación con el Estado. Se le presentan entonces dos alternativas genéricas, una, hacer del Estado el factor principal de realización de los objetivos del movimiento; la otra, intentar mantenerse al margen del Estado e intentar, en todo caso, que este no interfiera en el núcleo central de sus actividades, aquellas que realiza en el seno de la llamada 'sociedad civil'. Las dos tendencias que señalamos para el laicismo. La equivalencia vendría a ser, respecto al Estado laicista y el Estado laico, un Estado feminista y un Estado no machista, respectivamente. Pretender un Estado feminista es un sinsentido. Si el Estado representa siempre prioritariamente los intereses de los sectores sociales dominantes, en una sociedad patriarcal prevalecerán los del varón. Las relaciones de fuerza no se cambian desde los Estados; éstos se constituyen sobre aquellas, las reflejan y las robustecen. Creo que la única opción razonable para el feminismo es apoyar ese Estado laico no (muy) machista en que la igualdad, formal, y real en la medida de lo posible, entre todos los ciudadanos abarque la igualdad de derechos, formal, y real en la medida de lo posible, entre hombres y mujeres, que la mujer sea una ciudadana de pleno derecho. Esta visión limita el margen de maniobra estatal en lo que se refiere a las discriminaciones positivas. No digo que no haya de hacerlas en alguno casos, sino que siempre debe respetar el derechos de los ciudadanos en tanto que tal, aunque algunos no lo 'merezcan'. Por ejemplo, y aunque es un asunto que aquí no puedo abordar para evitar una excesiva dispersión, quizá algún punto en relación con la presunción de no culpabilidad se podría haber mejorado en la redacción de la ley española contra la violencia de genero que, por otro lado, apoyo sin ninguna duda. 



Antes de continuar al tercer punto y para dejar zanjada, en los niveles de síntesis de este texto, el asunto del Estado laico y el laicista, recomiendo vivamente leer un articulo de Etienne Balibar sobre el respecto, y a raíz también de la polémica del burkini, sobre el asunto. El artículo se llama 'Burkini ... Laicismo o identidad?" y está disponible en la web de Viento Sur.  Estoy de acuerdo, si no con el 100%, con el 99% de lo que expone Balibar. Así: "La forma 'francesa' [del laicismo identitario,que se plasmaría en el por mí designado Estado laicista] … nos trastorna profundamente porque tiende a invertir la función política de un principio que ha jugado un papel esencial en nuestra historia política: al límite, se podría decir que un cierto laicismo ha tomado el lugar que ocupó antaño un cierto clericalismo”. 

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